miércoles, 29 de febrero de 2012

Devoluciones Automáticas 2011

En esta ocasión te voy a platicar acerca de las devoluciones automáticas y su procedimiento, el cual es muy sencillo de utilizar, eficiente y muy rápido en lo que a devoluciones de impuestos se refiere.

¿Alguna vez has escuchado hablar de la aplicación DeclaraSAT? Básicamente, el DeclaraSAT es un sistema para elaborar y presentar la declaración anual de personas físicas.

Esta aplicación tiene funcionando ya unos 6 años y ha resultado ser una herramienta muy práctica para el SAT, dicha aplicación la puedes descargar de la página del SAT siguiendo las instrucciones que a continuación se muestran:



Es importante aclarar que la aplicación que encontrarás en estos momentos sirve para declaraciones del 2010 y años anteriores.   En las próximas semanas el SAT estará liberando la versión para declaraciones 2011 que son las que nos competen. Recuerda que Abril es el mes para presentar las declaraciones anuales de personas físicas por lo cual estamos en tiempo.

Las devoluciones automáticas darán inicio entre los días 9 y 13 de Abril, y si eres de los primeros en presentarla, recibirás tu devolución en los primeros días de Abril depositada automáticamente en tu cuenta bancaria.

Para lo anterior necesitas:
  • Tu constancia de ingresos del año 2011 la cual te debe ser entregada por tu patrón.
  • Tus comprobantes de deducciones personales.
  • Tu CLABE interbancaria a 18 dígitos de alguna cuenta bancaria a tu nombre (cheques, débito, nómina).
  • Tu CIEC, si el monto en devolución no excede de $11,510 Mxn (Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal).
  • Tu FIEL, si el monto en devolución oscila entre los $11,510 Mxn y $150,000 Mxn.

Una vez liberado el DeclaraSAT para la declaración 2011, con sólo ingresar a la aplicación con el RFC y la clave CIEC automáticamente aparecerán precargados los datos personales y de ingresos, validas que sean correctos y que sean iguales a los contenidos en la constancia de ingresos otorgada por la empresa empleadora; en caso de no ser correctos, deberás acudir al departamento de Nóminas o Recursos Humanos de tu empresa y solicitar que se verifiquen las constancias.

Para resolver dudas, acerca del llenado en el DeclaraSAT, te puedes apoyar en ls siguiente información:



De ser correctos, ingresas al apartado de “deducciones personales” (i.e. gastos médicos, hospitalarios, funerarios, etc.,) e ingresar el RFC del proveedor así como los montos pagados, posteriormente habrá que dar “vista previa”, y de resultar un impuesto a favor, marcar la casilla de “devolución”, teclear la CLABE interbancaria de 18 dígitos, firmarla con la CIEC o FIEL según aplique de acuerdo al monto solicitado en devolución… y ¡listo!

Además de haber cumplido con tu obligación de presentar tu declaración, en un plazo de 5 a 15 días hábiles como máximo, verás depositado en tu cuenta bancaria el importe solicitado en devolución.

Es importante que consideres que en caso de que tengas alguna inconsistencia en el llenado o que alguna deducción no proceda, el SAT te podrá devolver un monto menor al solicitado, lo que no necesariamente significa que ese dinero ya se haya perdido. Si efectivamente compruebas que es un importe que sí procede, puedes solicitarlo directamente en las oficinas del SAT mediante un formato de nombre 32 el cual deberás acompañar de copia de los comprobantes que amparen el saldo original.

Si quieren conocer un poco más acerca del tema, les recomiendo consultar la información en EBSCO Host haciendo click en la siguiente liga:

http://web.ebscohost.com/ehost/pdfviewer/pdfviewer?vid=7&hid=11&sid=2e828ade-4992-4c6e-b9ed-693e75395bc8%40sessionmgr13

Así que, estamos a tiempo, ¿ya tienes todos tus documentos y claves listos? ¿Qué esperas?



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