miércoles, 29 de febrero de 2012

Devoluciones años anteriores

¡Ojo! Si tus ingresos han rebasado los $400,000 Mxn en los últimos años y no has presentado declaración pero sí has tenido deducciones personales, están perdiendo dinero…

Por un lado, eres sujeto a multas por parte del SAT al no cumplir con la obligación de presentar declaración anual, obligación a la que todo aquel que se encuentre registrado con un RFC y perciba ingresos que su empleador reporte al SAT tiene.

Pero el punto a favor es que tienes 5 años para recuperar tus impuestos en devolución, es decir, si tienes pendientes declaraciones del 2007, ¡aún las puedes recuperar!

La excepción es cuando el patrón con el que hayas trabajado te haya realizado cálculo anual, en estos casos no podrás ser susceptible a solicitar impuestos en devolución.  Para confirmar este punto, acude al departamento de Nóminas o Recursos Humanos de tu empresa de tal forma que te confirmen si caes en esta excepción.

Aunque ya lo habíamos comentado, vale la pena recordar que aun y cuando no rebases los ingresos anuales de $400,000 Mxn, si tienes deducciones personales, puedes optar por presentar tu declaración anual de forma independiente para lo cual debes dar aviso en la empresa donde trabajas de forma escrita expresando que es tu deseo presentar tu declaración anual de impuestos por tu parte y solicitando que no te incluyan en su cálculo anual a más tardar el 15 de Diciembre del año en curso.

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